Corte se declara inhibida: ni penaliza ni despenaliza el aborto


Publicado : 05-03-2020


Corte se declara inhibida: ni penaliza ni despenaliza el aborto. El aborto en Colombia se mantendrá igual que en los últimos 14 años.

La Corte Constitucional no decidió de fondo la demanda que pedía penalizar por completo el aborto y eliminar las tres causales.

La demanda de la abogada Bernal Cano pedía tumbar las causales que permiten el aborto en tres casos desde el 2006: cuando el embarazo represente riesgo para la vida o la salud física o mental de la madre, sea producto de una violación o el feto presente malformación. Según la mayoría de magistrados, "la ausencia de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos de inconstitucionalidad" que formuló la abogada Natalia Bernal Cano contra el artículo 122 llevaron a que el alto tribunal se declarara inhibido.

Además, la Corte derrotó la ponencia que presentó el magistrado Alejandro Linares, en la que, al contrario de los intereses de la demandante, pedía liberalizar el aborto para descriminalizar esta práctica, por lo menos en el primer trimestre, para que las mujeres pudieran interrumpir su embarazo solo por su voluntad en ese tiempo. De allí en adelante, Linares propuso mantener las causales.

Como el magistrado Alejandro Linares Cantillo fue derrotado, la ponencia pasará al magistrado Antonio José Lizarazo, que deberá exponer en el fallo lo que decidió la mayoría de magistrados: inhibirse.

Por seis votos contra tres, la mayoría de la Corte Constitucional determinó que se declaraba inhibida ya que, según consideró el alto tribunal, la demanda era inepta, es decir, no cumplía con todos los requisitos para poder hacer un análisis y pronunciamiento de fondo. Con la decisión, el alto tribunal mantuvo las excepciones contempladas para tal práctica y congeló la posibilidad de que se haga antes de las 16 semanas de gestación.


Fuente: El Tiempo


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